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DEBERES


 

Independientemente de los deberes y derechos que puedan resultan de las leyes de los Estatutos de la fundación, los miembros tendrán los siguientes deberes:

 

a)    Dedicar sus mayores esfuerzos a la consecución de los objetivos de la fundación;  

 

b)    Asistir con puntualidad a las reuniones y Asambleas Generales de la fundación;

 

c)    Laborar en la organización y desarrollo de la fundación, aportando las ideas y los conocimientos de los cuales pudieren disponer para el fortalecimiento de la misma.

 

d)    Participar en jornadas de trabajo, seminarios y conferencias organizadas por la fundación.